El Parlamento Europeo aprueba un reglamento de trazabilidad de perros y gatos con impacto en el sector cinegético
El Parlamento Europeo ha dado luz verde al nuevo reglamento sobre el bienestar y la trazabilidad de perros y gatos, una normativa que culmina su tramitación en la Unión Europea y que tendrá implicaciones para el sector cinegético español. El texto ha sido aprobado por 558 votos a favor, 35 en contra y 52 abstenciones, con el PSOE votando a favor, el PP español optando por la abstención y VOX posicionándose en contra.
El texto tiene por objeto principal combatir la cría ilegal de animales y regular su comercialización. No obstante, algunos aspectos de su articulado podrán afectar a cualquier propietario de perros que realice determinadas actividades de cría.
La Real Federación Española de Caza (RFEC) ha sido crítica con el texto desde su primera redacción, y solicitó la exclusión explícita de los perros de caza y las rehalas del ámbito de aplicación. La Federación alertaba en sus enmiendas que la distinción entre pequeños criadores y criadores comerciales es insuficiente, y puede generar inseguridad jurídica en un sector complejo como el de la caza, al no delimitar con claridad la cría no comercial de la actividad económica.
Asimismo, la Federación alerta de que una interpretación exhaustiva de la norma podría imponer obligaciones desproporcionadas a cazadores sin actividad comercial, insistiendo en que las exigencias más estrictas deben centrarse exclusivamente en operadores profesionales.
Las alegaciones de la RFEC, conjuntamente con las aportadas por la Federación Europea para la Caza y la Conservación (FACE), orientadas a minimizar el impacto de la normativa sobre la actividad cinegética, consiguieron el apoyo de los principales comités consultivos. Gracias a ello, el texto incorpora concesiones al sector de la caza, como la exclusión de la cría puntual del concepto de comercialización, la posibilidad de realizar el corte de cola por motivos sanitarios conforme a la normativa nacional y la no afección al uso de collares eléctricos en perros que no se comercialicen.
No obstante, la exclusión del ámbito de aplicación no superó los trámites parlamentarios y los perros de caza deberán observar las disposiciones genéricas.
El presidente de la RFEC, Josep Escandell, ha señalado que “hemos trabajado para evitar que esta norma penalice a los cazadores, defendiendo una regulación proporcionada que diferencie claramente entre cría comercial y cría por aficionados sin fines lucrativos. Pero una vez más, la legislación europea se ha demostrado incapaz de integrar las singularidades del campo español”.
La RFEC continuará trabajando en su desarrollo para garantizar que su aplicación en España respete la realidad del sector y no suponga cargas innecesarias para los propietarios de perros de caza. El reglamento entrará en vigor tras su publicación oficial y será aplicable en un plazo aproximado de dos años.
PUNTOS CLAVE
- Distinción de criadores
Se aplica la distinción entre pequeños criadores (hasta dos camadas por año natural) y los criadores (más de dos camadas por año natural).
Identificación y registro
Todos los perros y gatos, ya se encuentren en una tienda, un refugio o un domicilio particular, deben llevar un microchip y estar registrados. La mayoría de los países europeos ya exigen esto para los perros.
- Comercialización
El texto definitivo excluye claramente las donaciones esporádicas e irregulares de la definición de «comercialización» (es decir, venta, oferta de venta, distribución o cualquier otra forma de transferencia de propiedad). Esto es fundamental para garantizar que las actividades ocasionales y no comerciales queden fuera del ámbito de aplicación del Reglamento. Esta fue una petición importante de FACE y la RFEC.
- Obligaciones de bienestar para los pequeños criadores
Si bien los pequeños criadores están sujetos a requisitos menos estrictos, deben cumplir, no obstante, con una serie de obligaciones mínimas de bienestar animal. Estas obligaciones se aplican a todos los criadores y a los propietarios de perros que crían, venden o donan perros, independientemente de la escala de la actividad.
- Uso de collares de impulsos eléctricos
En muchos países europeos se utilizan collares de impulsos eléctricos en los perros de caza para completar su adiestramiento y modificar ciertas conductas. Esta nueva ley no afectará al uso de collares de impulsos eléctricos en perros que no se comercialicen.
- Corte de la cola
El texto incluye una disposición positiva que confirma que el corte de la cola puede realizarse por motivos higiénicos cuando sea necesario para preservar la salud del perro, de conformidad con la legislación nacional. Este es otro punto importante solicitado por FACE para garantizar que se pueda evitar el sufrimiento innecesario de los perros que trabajan en zonas de vegetación densa y corren el riesgo de sufrir lesiones en la cola.
- Requisitos de iluminación y temperatura
El texto definitivo sustituye la referencia a la oscuridad por un requisito de ocho horas sin luz artificial y elimina los umbrales específicos de temperatura interior para los perros adultos, adoptando un enfoque más adecuado a las diversas condiciones climáticas y geográficas de los Estados miembros.