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TIPOS DE TERRENOS CINEGÉTICOS Y SUPERFICIE |
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Según
la
Ley 9/1998 de Caza de La Rioja los
terrenos cinegéticos pueden ser cotos de caza o reservas regionales de caza
y atendiendo a su titularidad quedan clasificados de la siguiente manera: TITULARIDAD PRIVADA: Cotos privados - Formados por propietarios o titulares de aprovechamientos de caza, de forma individual o asociados voluntariamente en un máximo de 10 propietarios de terrenos colindantes. - No pueden pertenecer a montes de utilidad pública y han de contar con una superficie mínima de 250 Has., los de caza menor, y 500 Has., los de caza mayor, en cotos con un solo titular, y con 500 Has. y 1000 Has. respectivamente en cotos varios titulares. Cotos Comerciales - Terrenos cuya actividad cinegética está basada en la suelta periódica de piezas criadas en cautividad para su captura inmediata - Régimen de explotación cinegética con ánimo de lucro que ha de contar con la autorización de la Consejería de Turismo y Medio Ambiente. Cotos Deportivos: - Constituidos por sociedades de cazadores sin ánimo de lucro con la obligación de reconocer un porcentaje de socios de la localidad donde esté situado el coto y a otro porcentaje de cazadores sin posibilidad de disfrutar de otro coto. - Superficie mínima de 500 Has. cuando el aprovechamiento principal sea la caza menor y de 1000 Has. si se trata de caza mayor. TITULARIDAD PÚBLICA: Reservas Regionales de Caza - Áreas del territorio que por sus especiales características constituyen núcleos con excepcionales posibilidades cinegéticas. - Los derechos de caza corresponden al Gobierno de La Rioja así como su administración a través de la Consejería de Turismo y Medio Ambiente - Actualmente existe la Reserva Regional de Caza de Cameros-Demanda Cotos Sociales: - Constituidos por la Comunidad Autónoma sobre terrenos en los que tiene la titularidad de los derechos cinegéticos - Su finalidad es facilitar el ejercicio de la caza a todos los cazadores que tengan licencia y favorecer el acceso de los cazadores riojanos. - Actualmente existen 7 Cotos Sociales en La Rioja. Cotos municipales: - Formados por entidades locales con obligación de reservar un porcentaje de permisos a propietarios de las fincas que forman el coto, a vecinos de la propia localidad y a cazadores foráneos. - Superficie mínima de 250 Has. cuando el aprovechamiento sea la caza menor y de 500 Has, cuando se trate de caza mayor. menor y de 500 Has, cuando se trate de caza mayor.
Superficie de terrenos cinegéticos en La Rioja según la nueva Ley de Caza 9/1998
Terrenos
cinegéticos según la Ley 9/98 de Caza de La Rioja.
Fuente: Dirección General de Medio Natural |