| IV. ESTRUCTURA ORGÁNICA |
| ARTÍCULO 42ş. |
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En la Federación Riojana de Caza podrá constituirse un Comité de Técnicos o Entrenadores que agrupará a los titulados correspondientes. El Presidente de esta Comisión será designado y revocado por el Presidente de la Federación. En su caso, en el seno de la Federación Riojana de Caza, podrá existir una escuela de Técnicos con la estructura y funciones que se determinen estatutariamente. |