IV. ESTRUCTURA ORGÁNICA
ARTÍCULO 42ş.

En la Federación Riojana de Caza podrá constituirse un Comité de Técnicos o Entrenadores que agrupará a los titulados correspondientes. El Presidente de esta Comisión será designado y revocado por el Presidente de la Federación.

En su caso, en el seno de la Federación Riojana de Caza, podrá existir una escuela de Técnicos con la estructura y funciones que se determinen estatutariamente.