IV. ESTRUCTURA ORGÁNICA
ARTÍCULO 17º

Son derechos de los miembros pertenecientes a alguno de los órganos de la Federación:

- Ejercer el voto personalmente

- Participación en cuantas reuniones se convoquen, con derecho a voz y voto personal.

- Participar en el cumplimiento de los fines específicos de la Federación.

- Exigir que la actuación de la Federación se ajuste a lo dispuesto en la Ley del Deporte de la Comunidad Autónoma de La Rioja, a sus normas de desarrollo y a las disposiciones estatutarias específicas.

- Conocer las actividades de la Federación y examinar su documentación.