| III. MIEMBROS DE LA FEDERACIÓN |
| ARTÍCULO 12º |
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DEBERES DE LOS MIEMBROS. Los miembros que forman la Federación Riojana de Caza tendrán las siguientes obligaciones: 1). Todas aquellas de carácter jurídico y económico que se desprendan de los presentes Estatutos y Reglamentos que los desarrollen. 2). El acatamiento de los mismos. 3). Acatamiento de los acuerdos que adopten los órganos de gobierno. 4). Difusión y práctica de la actividad física y deportiva que constituye el objeto social. 5). Abonar las cuotas establecidas. 6). En el caso de las sociedades: obligación de que TODOS sus miembros estén federados. |