III. MIEMBROS DE LA FEDERACIÓN
ARTÍCULO 12º

DEBERES DE LOS MIEMBROS. Los miembros que forman la Federación Riojana de Caza tendrán las siguientes obligaciones:

1). Todas aquellas de carácter jurídico y económico que se desprendan de los presentes Estatutos y Reglamentos que los desarrollen.

2). El acatamiento de los mismos.

3). Acatamiento de los acuerdos que adopten los órganos de gobierno.

4). Difusión y práctica de la actividad física y deportiva que constituye el objeto social.

5). Abonar las cuotas establecidas.

6). En el caso de las sociedades: obligación de que TODOS sus miembros estén federados.