III. MIEMBROS DE LA FEDERACIÓN
ARTÍCULO 11º

DERECHOS DE LOS MIEMBROS. Los componentes de la Federación Riojana de Caza tendrán los siguientes derechos:

1). Participar en el cumplimiento de los fines específicos de la Federación.

2). Exigir que la actuación de la Federación se ajuste a lo dispuesto en la Ley del Deporte de la Comunidad Autónoma de La Rioja, a sus normas de desarrollo y a las disposiciones estatutarias específicas.

3). Conocer las actividades de la federación y examinar su documentación.