| II. FUNCIONES DE LA FEDERACIÓN |
| ARTÍCULO 9º |
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FUNCIONES PROPIAS. La F.R.C. realiza las funciones propias de gobierno, administración, gestión, organización y reglamentación como entidad deportiva privada que es. 1.- La Federación Riojana de Caza está facultada para: a). Gravar, permutar o enajenar sus bienes inmuebles, salvo los que le sean adscritos por las diferentes Administraciones públicas, y siempre que con ello no se comprometa de modo irreversible el patrimonio federativo. b). Emitir títulos representativos de deuda o parte alícuota patrimonial. c). Ejercer actividad de carácter industrial, comercial, profesional o de servicios, siempre que los posibles beneficios sean destinados al cumplimiento de su objeto social. En ningún caso podrán repartirse directa o indirectamente los posibles beneficios entre los integrantes de la Federación. d). Comprometer gastos de carácter plurianual, salvo que la naturaleza del gasto o porcentaje del mismo sobre su presupuesto vulnere los acuerdos que se establezcan con la Consejería competente en materia de deportes de la Comunidad Autónoma de La Rioja. e). Tomar dinero a préstamo, siempre que no supere las cuantías acordadas con la Consejería autonómica competente en materia de deportes. 2.- Para emitir títulos de deuda o de parte alícuota patrimonial, comprometer gastos de carácter plurianual que superen los límites y porcentajes acordados y tomar dinero a préstamo en cuantía superior a la convenida, la Federación Riojana de Caza necesitará autorización previa y expresa de la Consejería autonómica competente en materia de deportes. 3.- Divulgar el contenido de la Ley de Caza y de su Reglamento, así como organizar campañas de enseñanza en materias de la defensa de la fauna y de la flora, en estrecha colaboración con las organizaciones públicas y privadas establecidas con iguales fines. 4.- El control y tutela del cumplimiento de las normas sobre procesos electorales de las sociedades y clubes federados. 5.- Asumir la enseñanza que legalmente se exija en materia de obtención de la licencia de caza y formar parte de los tribunales de examen. 6.- Organizar competiciones oficiales y promocionar la asistencia a otras de ámbitos más amplios, bien sean intercomunitarias, bien de ámbito nacional. 7.- Gestionar la obtención de subvenciones de la Federación Española de Caza y de organismos oficiales o particulares de cualquier ámbito para la promoción y realización de competiciones deportivas, así como distribuir las obtenidas y conceder subvenciones con cargo a su propio presupuesto para tales fines. |